Requisitos para la inscripción de una Entidad Sin Ánimo de Lucro
- Realizar previamente el control de homonimia al nombre de la Entidad Sin Ánimo de Lucro que desea constituir. Esto es, verifique que no exista otro nombre igual inscrito en la Cámara de Comercio.
- Diligenciar el formulario de inscripción diseñado por esta Cámara de Comercio para las Entidades Sin Ánimo de Lucro.
- Adjuntar documento de constitución.
- Adjuntar copia legible de los estatutos debidamente aprobados que regirán la ESAL.
- Tramitar la preinscripción en el RUT ó en su defecto presente el formulario con la leyenda “para en trámite en Cámara de Comercio”.
- Presentar las cartas de aceptación a los cargos de los órganos de administración y representación legal (siempre que no se acredite la asistencia del Directivo electo en el acta de nombramiento).
- Adjuntar recibo pago del Impuesto de Registro (Oficina de Rentas Departamentales).
- En caso de requerir asesoría jurídica previa sobre este trámite, podrá recibir atención profesional de manera gratuita.
- Cancelar en la caja de la Cámara de Comercio los derechos correspondientes por constitución de la ESAL.
Requisitos para inscribir una reforma de una Entidad Sin Ánimo de Lucro
- Presentar para registro acta emanada y aprobada por el órgano competente (según estatutos), en la que conste la reforma de los estatutos de la entidad.
- Adjuntar recibo pago del Impuesto de Registro (Oficina de Rentas Departamentales).
- En caso de requerir asesoría jurídica previa sobre este trámite, podrá recibir atención profesional de manera gratuita.
- Presentar los documentos antes relacionados en la ventanilla de la Cámara de Comercio y cancelar los derechos correspondientes a la inscripción.
Requisitos inscripción de nombramientos de Entidades Sin Ánimo de Lucro
- Presentar para registro acta emanada del órgano competente según estatutos en la que conste el nombramiento realizado, es decir, representante legal, junta directiva, revisor fiscal, etc. Esta acta debe cumplir con todos los requisitos legales para su registro en Cámara de Comercio.
- Adjuntar recibo pago del Impuesto de Registro (Oficina de Rentas Departamentales).
- Aceptación de los cargos (siempre que no se acredite en el acta de nombramiento).
- En caso de requerir asesoría jurídica previa sobre este trámite, podrá recibir atención profesional de manera gratuita.
- Presentar los documentos antes relacionados en la ventanilla de la Cámara de Comercio y cancelar los derechos correspondientes a la inscripción.