Inscripción y recepción de documentos: La solicitud de inscripción o modificación de las listas de candidatos a miembros de Junta Directiva de la Cámara de Comercio de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, podrá realizarse de forma presencial o mediante correo electrónico:
- Presencial: entre las 8:00 a.m. y las 4:00 p.m., ante la Dirección Jurídica y registros Públicos de la Cámara de Comercio de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, ubicada en 2º piso del edificio de la Cámara de Comercio.
- Correo electrónico: a través del correo electrónico pqrsf@camarasai.org
Fecha: La solicitud de inscripción o modificación podrá realizarse entre el 16 de octubre al 03 de noviembre de 2026.
La Cámara de Comercio de San Andrés, Providencia y Santa Catalina verificará el cumplimiento de los requisitos de cada uno de los candidatos inscritos y notificará la respuesta al correo electrónico del candidato que realizó la solicitud de inscripción.
La inscripción de listas de candidatos se sujetará al cumplimiento de las siguientes reglas:
- Las listas deberán contener como máximo 8 renglones.
- Cada renglón deberá inscribirse con un miembro principal y un suplente personal.
- Tanto el principal, como el suplente deben cumplir la totalidad de los requisitos para participar en las elecciones.
- Ningún candidato podrá aparecer en más de una lista.
- Los candidatos que integran la lista se identificarán de la siguiente manera:
– Cuando el candidato sea persona natural: el nombre completo y la cédula de ciudadanía
– Cuando se trate de una persona jurídica únicamente se indicará la razón social y su NIT
- Con la inscripción de listas se debe adjuntar la aceptación de la postulación de los candidatos principales y suplentes, declarando bajo la gravedad del juramento que cumplen todos los requisitos exigidos y los demás establecidos en las normas correspondientes, incluido no encontrarse incurso en causal de inhabilidad e incompatibilidad.
- No se requerirá la presentación personal de los candidatos que integran las listas.
Nota: La solicitud de modificación debe ser presentada por todas las personas que realizaron la solicitud de inscripción inicial.
