Ley de Transparencia y acceso a información publica
En cumplimiento a la ley 1712 de 2014, La Cámara de Comercio de San Andrés, Providencia y Santa Catalina pone a disposición de los ciudadanos la siguiente información: Certifica.
1. INFORMACIÓN DE LA ENTIDAD
1.1 Misión, visión, funciones y deberes
MISIÓN
“Somos una entidad privada, gremial y sin ánimo de lucro que impulsa el desarrollo económico y empresarial del archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, gestionando los registros públicos y promoviendo el emprendimiento, la innovación, la formalización y el fortalecimiento empresarial en el departamento.”
VISIÓN
“Ser la entidad líder y aliada del sector empresarial, reconocida por su transparencia y capacidad para impulsar la competitividad, la formalización y la innovación. Trabajamos por un desarrollo sostenible y articulado con la comunidad, consolidando un territorio resiliente y empresarialmente dinámico.”
VALORES
HONESTIDAD: Actuamos con principios de transparencia, garantizando una conciencia clara ante los demás.
LEALTAD: Respondemos con fidelidad generando confianza, defendiendo los intereses y el buen nombre de la institución.
RESPONSABILIDAD: Somos conscientes de asumir y cumplir los compromisos y consecuencias de nuestros actos en el medio que nos rodea.
TRANSPARENCIA: Actuamos siempre guiados por la voluntad de servicio, los valores éticos y profesionales, generando de esta manera, fidelidad y gratitud con nuestros clientes internos y externos.
RESPETO: Es nuestra base para una convivencia sana y pacífica, valorando a todos y cada uno de los clientes que conforman el entorno empresarial.
TOLERANCIA: Valorar las ideas aportadas por los demás, para mantener relaciones armónicas en el trabajo, apoyando el proceso de mejoramiento continuo, en cuanto a la identificación y solución de problemas.
FUNCIONES Y DEBERES
Las Cámaras de Comercio ejercen las funciones señaladas en el artículo 86 del Código de Comercio, y en las demás normas legales y reglamentarias. Las cuales se citan a continuación: (Art. 4 Decreto 2042/2014 – reglamentario de la Ley 1727 de 2014).
- Servir de órgano consultivo del Gobierno nacional y, en consecuencia, estudiar los asuntos que este someta a su consideración y rendir los informes que le soliciten sobre la industria, el comercio y demás ramas relacionadas con sus actividades.
- Adelantar, elaborar y promover investigaciones y estudios jurídicos, financieros, estadísticos y socioeconómicos, sobre temas de interés regional y general, que contribuyan al desarrollo de la comunidad y de la región donde operan.
- Llevar los registros públicos encomendados a ellas por la ley y certificar sobre los actos y documentos allí inscritos.
- Recopilar y certificar la costumbre mercantil mediante investigación realizada por cada Cámara de Comercio dentro de su propia jurisdicción. La investigación tendrá por objeto establecer las prácticas o reglas de conducta comercial observadas en forma pública, uniforme, reiterada y general, siempre que no se opongan a normas legales vigentes.
- Crear centros de arbitraje, conciliación y amigable composición por medio de los cuales se ofrezcan los servicios propios de los métodos alternos de solución de conflictos, de acuerdo con las disposiciones legales.
- Adelantar acciones y programas dirigidos a dotar a la región de las instalaciones necesarias para la organización y realización de ferias, exposiciones, eventos artísticos, culturales, científicos y académicos, entre otros, que sean de interés para la comunidad empresarial de la jurisdicción de la respectiva Cámara de Comercio.
- Participar en la creación y operación de centros de eventos, convenciones y recintos feriales de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 1558 de 2012 y las demás normas que las sustituyan, modifiquen o adicionen.
- Promover la formalización, el fortalecimiento y la innovación empresarial, así como desarrollar actividades de capacitación en las áreas comercial e industrial y otras de interés regional, a través de cursos especializados, seminarios, conferencias y publicaciones.
- Promover el desarrollo regional y empresarial, el mejoramiento de la competitividad y participar en programas nacionales de esta índole.
- Promover la afiliación de los comerciantes inscritos que cumplan los requisitos señalados en la ley, con el fin de estimular la participación empresarial en la gestión de las cámaras de comercio y el acceso a los servicios y programas especiales.
- Prestar servicios de información empresarial originada exclusivamente en los registros públicos, para lo cual podrán cobrar solo los costos de producción de la misma.
- Prestar servicios remunerados de información de valor agregado que incorpore datos de otras fuentes.
- Desempeñar y promover actividades de veeduría cívica en temas de interés general de su correspondiente jurisdicción.
- Promover programas, y actividades en favor de los sectores productivos de las regiones en que les corresponde actuar, así como la promoción de la cultura, la educación, la recreación y el turismo.
- Participar en actividades que tiendan al fortalecimiento del sector empresarial, siempre y cuando se pueda demostrar que el proyecto representa un avance tecnológico o suple necesidades o implica el desarrollo para la región.
- Mantener disponibles programas y servicios especiales para sus afiliados.
- Disponer de los servicios tecnológicos necesarios para el cumplimiento y debido desarrollo de sus funciones registrales y la prestación eficiente de sus servicios.
- Publicar la noticia mercantil de que trata el numeral 4 del artículo 86 del Código de Comercio, que podrá hacerse en los boletines u órganos de publicidad de las cámaras de comercio, a través de Internet o por cualquier medio electrónico que lo permita.
- Realizar aportes y contribuciones a toda clase de programas y proyectos de desarrollo económico, social y cultural en el que la nación o los entes territoriales, así como sus entidades descentralizadas y entidades sin ánimo de lucro tengan interés o hayan comprometido sus recursos.
- Participar en programas regionales, nacionales e internacionales cuyo fin sea el desarrollo económico, cultural o social en Colombia.
- Gestionar la consecución de recursos de cooperación internacional para el desarrollo de sus actividades.
- Prestar los servicios de entidades de certificación previsto en la Ley 527 de 1999, de manera directa o mediante la asociación con otras personas naturales o jurídicas.
- Administrar individualmente o en su conjunto cualquier otro registro público de personas, bienes, o servicios que se deriven de funciones atribuidas a entidades públicas con el fin de conferir publicidad a actos o documentos, siempre que tales registros se desarrollen en virtud de autorización legal y de vínculos contractuales de tipo habilitante que celebren con dichas entidades.
Decretos
Resoluciones
1.2 Estructura Orgánica – organigrama
Comuníquese directamente con el área de su interés, a través de sus respectivas extensiones telefónicas en el horario de atención al público de lunes a viernes de 8:00 am a 4:00 pm.
PBX
+57 (608) 5123803
Presidencia Ejecutiva
+57 (608) 5123803
Dirección Jurídica y de Registros Públicos
+57 (608) 5123803 Ext. 106
Dirección Administrativa y Financiera
+57 (608) 5123803 Ext. 109.
Dirección de Desarrollo Empresarial
+57 (608) 5123803
+ 57 317 371 3483 (Línea de llamadas y WhatsApp)
Adicionalmente, usted podrá comunicarse con la Cámara de Comercio de San Andrés, Providencia y Santa Catalina diligenciando el siguiente formulario de Peticiones, Quejas, Reclamos, Sugerencias y Felicitaciones PQRSF Haga clic aquí o al correo electrónico: pqrsf@camarasai.org
1.3 Mapas y cartas descriptivas de los procesos (mapa de procesos, procedimientos, caracterizaciones)
1.4 Directorio institucional (información del contacto, ubicación física, dirección,)
Horario de atención y sedes
La Cámara de Comercio de San Andrés, Providencia y Santa Catalina brindan sus servicios al sector empresarial y comunidad del archipiélago en las siguientes sedes:
Horario de atención: lunes a viernes de 8:00 am a 4:00 pm
Contacto por dependencia
1.5 Directorio de Colaboradores
Directorio de colaboradores
1.6 Directorio de entidades
1.8 Servicio al público, normas, formularios y protocolos de atención.
Canales de atención
Normas
Formulario
Protocolo de atención
1.9 Procedimientos que se siguen para tomar decisiones en las diferentes áreas.
1.10 Mecanismo de presentación directa de solicitudes, quejas y reclamos a disposición del público en relación con acciones u omisiones del sujeto obligado
1.11 Calendario de actividades
1.12 Información sobre decisiones que pueden afectar al público.
1.13 Entes y autoridades que lo vigilan.
Superintendencia de Sociedades: En cumplimiento de la Ley 2069 de 2020, artículo 70, la Superintendencia de Sociedades ejerce, desde el 1 de enero de 2022, funciones de inspección, vigilancia y control sobre las Cámaras de Comercio del país. Su supervisión comprende la operación administrativa y contable, el cumplimiento de la ley, los estatutos, las órdenes e instrucciones del ente supervisor y los registros públicos administrados por las Cámaras de Comercio. Visitar sitio web de esta entidad.
Contraloría General de la República: De conformidad con el artículo 267 de la Constitución Política, la Ley 42 de 1993, la Ley 610 de 2000 y demás normas aplicables, la Contraloría General de la República ejerce vigilancia sobre la gestión fiscal de la administración y de los particulares o entidades que manejen fondos o bienes públicos. En el caso de las Cámaras de Comercio, esta vigilancia se relaciona con la administración, recaudo, manejo e inversión de recursos públicos o de aquellos derivados del ejercicio de funciones públicas. Visitar sitio web de esta entidad.
Procuraduría General de la Nación: La Ley Estatutaria 1712 de 2014 asignó la función de garante del Derecho Fundamental de Acceso a la Información Pública al Ministerio Público el cual, es ejercido en virtud de lo dispuesto en el artículo 118 de la Constitución Política de 1991 por el Procurador General de la Nación, el Defensor del Pueblo, por los procuradores Delegados y los Agentes del Ministerio Público, por la Defensoría del Pueblo y por los Personeros Municipales. Igualmente, el Ministerio Público ejerce la función de supervigilar y promover el cumplimiento de las disposiciones que regulan el derecho fundamental de petición. Visitar sitio web de esta entidad.
Unidad de Pensiones y Parafiscales – UGPP: Esta entidad ejerce funciones de seguimiento, colaboración y determinación de la adecuada, completa y oportuna liquidación y pago de las contribuciones parafiscales de la Protección Social. Visitar sitio web de esta entidad.
Archivo General de la Nación: De acuerdo con lo establecido por la Ley 594 de 2000 y su Decreto reglamentario 106 de 2015, al Archivo General de la Nación, le corresponde vigilar el cumplimiento de la normatividad relacionada con la función archivística. Visitar sitio web de esta entidad.
Dirección de Impuesto y Aduanas Nacionales DIAN: Recaudación, fiscalización, liquidación, discusión, cobro, devolución, sanción y todos los demás aspectos relacionados con el cumplimiento de las obligaciones tributarias. Visitar Sitio Web de esta entidad
Mecanismo de control
Internos: La Cámara de Comercio de San Andrés, Providencia y Santa Catalina cuenta con un plan de Auditorías Internas, liderado por el Sistema de Control Interno y de Calidad.
Externos: La Superintendencia de Sociedades, la Contraloría General de la Republica, La Procuraduría, UGPP, Archivo General de la Nación y la DIAN.
1.14 Publicación de hojas de vida.
Las Cámaras de Comercio como entidades privadas están sujetas al régimen laboral contenido en el Código Sustantivo del Trabajo, que no exige publicar esta información.
2. NORMATIVA
2.1 Normativa de la entidad
Consulte aquí las disposiciones normativas que regulan la competencia de las Cámaras de Comercio del país; sus funciones, procedimientos, los trámites registrales que se efectúan ante estas instituciones, entre otras.
Códigos
Código de Comercio – Decreto Ley 410 de 1971
Código de procedimiento administrativo y de lo contencioso Ley 1437 de 2011
Decretos
Decreto 229 de 2017 – Condiciones y requisitos para linscripción y actalización en el Registro Nacional de Turismo.
Decreto 1520 de 1978 – Creación de oficinas seccionales, clasificación de las Cámaras de Comercio, funciones, organización administrativa, vigilancia.
Decreto 1252 de 1990 – Creación de las Cámaras de Comercio.
Decreto 2153 de 1992 – Vigilancia por parte de la Superintendencia de Industria y Comercio.
Decreto 1259 de 1993 – Ingresos de las Cámaras de Comercio.
Decreto 2620 de 1993 – Conservación de archivos de los comerciantes.
Decreto 650 de 1996 – Del Impuesto de Registro.
Decreto 622 de 2000 – Jurisdicción de las Cámaras de Comercio en el Territorio Nacional.
Decreto 726 de 2000 – Elección de Directivos de las Cámaras de Comercio
Decreto 907 de 2000 – Modifica al Decreto 622 de 2000>
Decreto 898 de 2002 – Creación Cámaras de Comercio, de los afiliados, de los registros públicos, funciones de las Cámaras de Comercio, Juntas Directivas, Presidente, Revisor Fiscal, estatutos, vigilancia.
Decreto 393 de 2002 – Por el cual se modifican parcialmente los Decretos 856 de 1994 y 92 de 1998, por medio de los cuales se reglamenta el funcionamiento del registro de proponentes en las Cámaras de Comercio y se fijan las relativas a los registros de proponentes y mercantil.
Decreto 4698 de 2005 – Por el cual se reglamenta el Título IV del Libro Primero del Código de Comercio y se dictan otras disposiciones.
Decreto No 0241 de 2021 Incorporación Cap Independiente SGR PDDDecreto 1074 de 2015 Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo.
Decreto 1165 de 2019 por el cual se dictan disposiciones relativas al Régimen de Aduanas en desarrollo de la Ley 1609 de 2013.
Decreto 0412 de 2020 Comisión Regional Competitividad.
Leyes
Ley 1 de 1972 por la cual se dicta un estatuto especial para el Archipiélago de
San Andrés y Providencia.
Ley 10 de 1990 – Por la cual se reorganiza el Sistema Nacional de Salud y se dictan otras disposiciones.
Ley 43 de 1990 – Por la cual se adiciona la ley 145 de 1960, reglamentaria de la profesión de contador público y se dictan otras disposiciones.
Ley 50 de 1990 – Por la cual se introducen reformas al Código Sustantivo del Trabajo y se dictan otras disposiciones.
Ley 06 de 1992 – Sobre la competencia para la fijación de tarifas.
Ley 44 de 1993 – Por la cual se modifica y adiciona la ley 23 de 1982 y se modifica la ley 29 de 1994.
Ley 47 de 1993 por la cual se dictan normas especiales para la organización y el
funcionamiento del Departamento Archipiélago.
Ley 190 de 1995 – Por la cual se dictan normas tendientes a preservar la moralidad en la Administración Pública y se fijan disposiciones con el objeto de erradicar la corrupción administrativa.
Ley 200 de 1995 – Por la cual se adopta el Código Disciplinario Único.
Ley 223 de 1995 – Por la cual se expiden normas sobre Racionalización Tributaria y se dictan otras disposiciones.
Ley 488 de 1998 – Sobre el Impuesto de Registro.
Ley 590 de 2000 – Por la cual se dictan disposiciones para promover el desarrollo de las micro, pequeñas y medianas empresa.
Ley 915 de 2004 por la cual se dicta el Estatuto Fronterizo para el Desarrollo
Económico y Social del departamento.
Ley 610 de 2000 – Por la cual se establece el trámite de los procesos de responsabilidad fiscal de competencia de las Contralorías.
Ley 716 de 2001 – Por la cual se expiden normas para el saneamiento de la información contable en el sector público y se dictan disposiciones en materia tributaria y otras disposiciones.
Ley 788 de 2002 (Extractos) – Por la cual se expiden normas en materia tributaria y penal del orden nacional y territorial; y se dictan otras disposiciones.
Ley 789 de 2002 (Extractos) – Por la cual se dictan normas para apoyar el empleo y ampliar la protección social y se modifican algunos artículos del Código Sustantivo de Trabajo.
Ley 794 de 2003 (Extractos) – Por la cual se modifica el Código de Procedimiento Civil, se regula el proceso ejecutivo y se dictan otras disposiciones.
Ley 962 de 2005 – Por la cual se dictan disposiciones sobre racionalización de trámites y procedimientos administrativos de los organismos y entidades del Estado y de los particulares que ejercen funciones públicas o prestan servicios públicos.
Ley 2121 del 3 de agosto de 2021 Por medio de la cual se crea el régimen de trabajo remoto y se establecen normas para promoverlo, regularlo y se dictan otras disposiciones.
Ley 2068 de 2020 – La presente ley tiene por objeto fomentar la sostenibilidad implementar mecanismos para la conservación, protección y aprovechamiento de los destinos y atractivos turísticos, así como fortalecer la formalización y la competitividad del sector y promover la recuperación de la industria turística, a través de la creación de incentivos, el fortalecimiento de la calidad y la adopción de medidas para impulsar la transformación y las oportunidades del sector.
Circulares Externas Supersociedades 2022
Resoluciones
Resolución 777 del 2021 Por medio de la cual se definen los criterios y condiciones para el desarrollo de las actividades económicas, sociales y del Estado en el marco de la emergencia sanitaria y se adopta el protocolo de bioseguridad para la ejecución de las mismas.
Resolución 408 del 2022 Por medio de la cual se adopta la clasificación de códigos CIIU y se determinan las categorías y subcategorías de prestadores de servicios turísticos para su inscripción en el Registro Nacional de Turismo.
2.1.5 Políticas, lineamientos y manuales
2.1.6 Agenda regulatoria
2.2 Búsqueda de Normas
2.2.1 Sistema Único de Información Normativa –SUIN.
Búsqueda de normas propio
2.2.2 Sistema de búsquedas de normas, propio de la entidad.
2.3 Proyectos de normas para comentarios
3. CONTRATACIÓN
3.1 Plan anual de adquisiciones
3.2 Publicación de la información contractual
3.3 Publicación de la ejecución de los contratos
3.4 Manual de contratación, adquisición y/o compras
3.5 Formatos o modelos de contratos y pliegos, tipo en caso aplique
4. PLANEACIÓN
4.3 Plan de acción
4.4 Proyectos de inversión
4.5 Informes de empalme
4.6 Información publica y/o relevantes
4.7 Informes de gestión, evaluación y auditoria
4.8 Informe sobre Defensa Pública y Prevención del Daño Antijurídico
4.9 Informes trimestrales sobre acceso a información, quejas y reclamos
4.11 Plan de Mejoramiento CGR
5. TRAMITES
5.1 Tramites
6. PARTICIPA
7. DATOS ABIERTOS
7.1 Instrumentos de gestión de la información
Registro activos de la información
Índice de información clasificada
Esquema de publicación de información
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7.2 Sección de datos abiertos
Datos abiertos
Registro Único Empresarial RUES
Noticia Mercantil
Noticias Mercantil
Estudios
Notas económicas
Las Notas Económicas que presenta la Cámara de Comercio, son una iniciativa que busca arrojar luz sobre el amplio y dinámico panorama económico y comercial que define nuestro Departamento. Este análisis exhaustivo se adentra en las complejidades de nuestra economía local, proporcionando una visión integral de los factores que impulsan nuestro desarrollo.
Con este análisis proporcionamos una visión completa de la economía de San Andrés Isla, destacando sus fortalezas, desafíos y oportunidades, y se estudian las actividades comerciales tanto a nivel local como en el contexto de las relaciones comerciales con el exterior y la Colombia continental, para poder evaluar la sostenibilidad económica, con un enfoque en prácticas que fomenten el desarrollo equitativo, sostenible y a largo plazo.
8. INFORMACIÓN ESPECÍFICA PARA GRUPOS DE INTERÉS
8.1 Información para niños, niñas y adolescentes
Impulsar a nuestros niños a alcanzar sus sueños es importante para promover su autonomía y superación ![]()
y nuestra tarea como adultos es comprometernos a dotarlos de las herramientas para vivir en un mundo altamente competitivo y ayudarlos a que encuentren e identifiquen sus intereses y talentos a temprana edad para que logren desarrollar y aprovechar mucho mejor sus capacidades ![]()
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![]()
De nosotros depende que nuestros niños, jóvenes y adolescentes desarrollen la creatividad, asertividad, confianza y el pensamiento positivo con el que podrán mejorar la capacidad para resolver conflictos y tomar decisiones, recuerda siempre que tu pequeño puede ser una gran mente exitosa ![]()
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8.2 Información para mujeres
8.3 Otros grupos de interés
9. OBLIGACIÓN DE REPORTE DE INFORMACIÓN ESPECÍFICA POR PARTE DE LA ENTIDAD
9.1 Normatividad Especial
Estudios Económicos
Notas económicas
Las Notas Económicas que presenta la Cámara de Comercio, son una iniciativa que busca arrojar luz sobre el amplio y dinámico panorama económico y comercial que define nuestro Departamento. Este análisis exhaustivo se adentra en las complejidades de nuestra economía local, proporcionando una visión integral de los factores que impulsan nuestro desarrollo.
Con este análisis proporcionamos una visión completa de la economía de San Andrés Isla, destacando sus fortalezas, desafíos y oportunidades, y se estudian las actividades comerciales tanto a nivel local como en el contexto de las relaciones comerciales con el exterior y la Colombia continental, para poder evaluar la sostenibilidad económica, con un enfoque en prácticas que fomenten el desarrollo equitativo, sostenible y a largo plazo.
Glosario
Elecciones de Junta
Junta directiva
La Junta Directiva de la Cámara de Comercio de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, está integrada por cuatro (4) representantes de los comerciantes y dos (2) delegados del Gobierno Nacional. Los miembros que actualmente integran este colectivo son los siguientes:
Miembros de la Junta Directiva de la Cámara de Comercio de San Andrés, Providencia y Santa Catalina Islas, 2023- 2026
REPRESENTANTES DEL COMERCIO
10. INFORMACIÓN TRIBUTARIA EN ENTIDADES TERRITORIALES LOCALES
10.1 Procesos de recaudo de rentas locales
10.2 Tarifas de liquidación del Impuesto de Industria y Comercio (ICA).
MENÚ «ATENCIÓN Y SERVICIOS A LA CIUDADANÍA.»
Trámites, Otros Procedimientos Administrativos y consultas de acceso a información pública.
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